1º) A partir del 1 de julio de 2022 no hay obligación de pagar el incremento de la indemnización para los despidos sin justa causa (art. 245 LCT) por cuanto el Decreto 886/2021 no fue prorrogado.
2º) El Decreto 358/2022 prorrogó hasta el 32 de diciembre de 2033 el plazo de inscripción para acceder al «Programa de Recuperación Económica, Generación de Empleo e Inclusión Social para los trabajadores de Casas Particulares registradas«. Además estableció que podrán acceder el programa «Registradas» los empleadores que reúnan las condiciones que él mismo fija, implicando la solicitud por parte del empleador, el consentimiento para que la AFIP suministre la información para el control y operatividad del beneficio a la autoridad de aplicación, esto es del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.