El pasado 24.12.2021 se publicó en el B.O. el Decreto 886/2021 mediante el cual se amplió, hasta el 30 de junio de 2022, la emergencia pública en materia ocupacional.
No se prorrogó la prohibición de suspensiones y despidos por causas económicas, por fuerza mayor y sin causa, vigentes hasta el 31.12.2021.
Sí se extendió el incremento indemnizatorio en caso de despido sin causa pero con un esquema diferente:
· Desde el 01.01.2022 hasta el 28.02.2022 un 75%
· Desde el 01.03.2022 hasta 30.04.2022 un 50%
· Desde el 01.05.2022 hasta el 30.06.2022 un 25%
Estos porcentajes se calcularán sobre todos los rubros indemnizatorios originados con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo.
Se mantiene el tope del incremento en $500.000.
Finalmente se aclara que este decreto no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 34/19 (13.12.2019) ni al Sector Público Nacional, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran.
Fuente: FOGLIA ABOGADOS