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Articulo del Dr. Ricardo A. Foglia para «la Ley»

Salarios durante la cuarentena: Idas y vueltas

I. Estructura de análisis
Cabe señalar que para considerar los periodos normativos hemos adoptado el criterio territorial y temporal de vigencia de las restricciones normativas derivadas de la cuarentena.
En sus orígenes, en el mes de marzo de 2020, el “aislamiento social preventivo y obligatorio” (ASPO) regía en todo el territorio del país e implicaba la restricción de los deslazamientos de todos los habitantes excepto el de aquellas personas afectadas a las denominadas “actividades esenciales”. Luego, en junio de 2020, cuando empezó a ceder la ola de contagios, en algunas zonas se comenzó a declarar el “distanciamiento social preventivo obligatorio” (DISPO) que, entre otras cuestiones, imponía un alejamiento de dos metros entre las personas. De ahí la denominación. De esta manera comenzaron a convivir las dos modalidades, ASPO y DISPO, que rigió hasta el mes de diciembre de 2020, cuando el DISPO se extendió a todo el país.

Sin embargo, algunas normas del ASPO, referidas a las actividades y servicios esenciales y al uso del trasporte púbico, continúan vigentes.

Por ello, y cuando efectuamos este comentario, nos referimos a la clasificación temporal con base al criterio territorial.

II. Primer período. Cuarentena limitada (12/03/2020 a 19/03/2020)

El DNU 206/2020 (1) dispuso el aislamiento obligatorio por el plazo de 14 días de las personas que presentaban signos de COVID (denominados“casos sospechosos”), los que hubieran contraído la enfermedad, y de aquellos que arribaren o hubieren arribado en los últimos 14 días de “zonas afectadas” (art. 7º), conforme la enumeración del art. 4º (2).

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Fuente: La ley. Buenos Aires, Argentina. Martes 11 de mayo de 2021. Articulo: Ricardo A. Foglia

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